Cómo presentar una reclamación ante la DGSFP
Para presentar una reclamación ante la DGSFP (Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones), sigue estos pasos:
1. Revisa el procedimiento interno de la aseguradora
Antes de acudir a la DGSFP, debes agotar el procedimiento interno de la aseguradora, que suele establecerse en su póliza y en la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro (LCS), especialmente en su artículo 16, que regula los derechos del asegurado frente a la aseguradora. La aseguradora debe resolver tu reclamación en un plazo máximo de 2 meses desde que la reciba.
2. Presenta la reclamación ante la DGSFP
Si la aseguradora no responde o no es satisfactoria, puedes acudir directamente a la DGSFP. La reclamación debe ser formal, por escrito y dirigida al Servicio de Atención al Cliente y Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
3. Envío de la reclamación
La reclamación puede presentarse por correo certificado, en persona en la sede de la DGSFP o a través de su plataforma electrónica. La DGSFP tiene un plazo máximo de 2 meses para resolver la reclamación.
4. Seguimiento y respuesta
La DGSFP notificará su resolución por escrito, indicando si acepta o rechaza la reclamación. Si el resultado no es satisfactorio, puedes acudir al Servicio de Arbitraje de Consumo (no es una vía administrativa, sino una figura de mediación voluntaria).
> Recuerda que la DGSFP actúa como organismo de control y supervisión del sector asegurador, no como órgano de arbitraje obligatorio. La reclamación ante la DGSFP no tiene carácter vinculante para la aseguradora.
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