Es obligatorio el seguro de RC profesional en España
Sí, el seguro de Responsabilidad Civil (RC) profesional es obligatorio en España para determinas profesiones y actividades.
¿En qué casos es obligatorio?
- Arquitectos y arquitectos técnicos: De acuerdo con el Real Decreto Legislativo 1/2000, el ejercicio profesional exige la contratación de una póliza de RC que cubra daños causados a terceros.
- Abogados y procuradores: La Ley 5/2000 establece que el ejercicio de la abogacía y la procuración exige el seguro de RC profesional.
- Arquitectos técnicos y técnicos de edificación: La Ley 38/1999 obliga a tener una póliza de RC profesional.
- Farmacéuticos y médicos: Algunas comunidades autónomas y colegios profesionales exigen el seguro de RC como requisito para colegiación.
¿Qué cubre este seguro?
La cobertura habitual incluye daños causados a terceros por negligencia, error profesional o incumplimiento de obligaciones. La LCS (Ley 50/1980) regula el contrato de seguro en general, pero las obligaciones específicas de RC profesional se derivan de normativa sectorial y colegiada.
Aspectos prácticos
- La LCS (art. 40 y siguientes) establece el marco general del seguro de responsabilidad civil.
- El tomador debe asegurar la actividad profesional conforme a lo exigido por la normativa aplicable.
- Las franquicias y límites de indemnización varían según la póliza y la actividad.
> Consulta siempre tu colegio profesional o un corredor de seguros para verificar los requisitos exactos de tu sector.
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