Puede modificarse un contrato de seguro una vez firmado

Sí, es posible modificar un contrato de seguro una vez firmado, pero con ciertas condiciones y formalidades establecidas en la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro (LCS).

¿Cómo se puede modificar?

  • Mutuo acuerdo entre las partes: el tomador y la aseguradora pueden acordar una modificación por escrito, que debe constar en acta o escritura que ambas firmen.
  • Solicitud formal: el tomador puede presentar una solicitud escrita a la aseguradora para modificar coberturas, condiciones o prima.
  • Renovación o ampliación: muchas pólizas permiten ampliar coberturas mediante solicitud específica antes de la renovación.

Limitaciones y requisitos

  • La LCS no obliga a la aseguradora a aceptar cualquier modificación solicitada; puede rechazarla si afecta a su solvencia o a la cobertura.
  • Las modificaciones que aumenten la prima deben ser comunicadas expresamente al asegurado.
  • Las condiciones generales de la póliza no pueden modificarse sin el consentimiento expreso de ambas partes.

Marco legal relevante

  • El artículo 14 de la LCS establece que el contrato de seguro se forma por la aceptación expresa de la aseguradora.
  • El artículo 16 regula la renovación automática y las condiciones de modificación.

Recomendación

Antes de realizar cualquier cambio, lee detenidamente las condiciones particulares y generales de tu póliza y consulta con tu aseguradora o un profesional especializado.

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