Puede modificarse un contrato de seguro una vez firmado
Sí, es posible modificar un contrato de seguro una vez firmado, pero con ciertas condiciones y formalidades establecidas en la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro (LCS).
¿Cómo se puede modificar?
- Mutuo acuerdo entre las partes: el tomador y la aseguradora pueden acordar una modificación por escrito, que debe constar en acta o escritura que ambas firmen.
- Solicitud formal: el tomador puede presentar una solicitud escrita a la aseguradora para modificar coberturas, condiciones o prima.
- Renovación o ampliación: muchas pólizas permiten ampliar coberturas mediante solicitud específica antes de la renovación.
Limitaciones y requisitos
- La LCS no obliga a la aseguradora a aceptar cualquier modificación solicitada; puede rechazarla si afecta a su solvencia o a la cobertura.
- Las modificaciones que aumenten la prima deben ser comunicadas expresamente al asegurado.
- Las condiciones generales de la póliza no pueden modificarse sin el consentimiento expreso de ambas partes.
Marco legal relevante
- El artículo 14 de la LCS establece que el contrato de seguro se forma por la aceptación expresa de la aseguradora.
- El artículo 16 regula la renovación automática y las condiciones de modificación.
Recomendación
Antes de realizar cualquier cambio, lee detenidamente las condiciones particulares y generales de tu póliza y consulta con tu aseguradora o un profesional especializado.
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