Qué coberturas son obligatorias en el seguro de coche
En España, el seguro de automóvil debe incluir las siguientes coberturas obligatorias según la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro (LCS) y el Reglamento General de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, que regulan el marco legal del sector asegurador:
Coberturas obligatorias:
- Responsabilidad Civil frente a terceros (RCAT): cubre los daños corporales y materiales causados a terceros en caso de accidente. La LCS en su artículo 18 establece que la responsabilidad civil es una cobertura obligatoria. El límite mínimo exigido es de 20.000 € por siniestro y 60.000 € por accidente.
- Daños propios del vehículo (DA): cubre los daños sufridos por el propio automóvil en caso de accidente. Es obligatoria si el vehículo está matriculado en España.
- Daños propios del vehículo (DA) para vehículos de más de 10 años: desde el 1 de enero de 2023, los vehículos de más de 10 años deben estar asegurados con cobertura DA. Esta cobertura es obligatoria para todos los vehículos, independientemente de su antigüedad.
Coberturas recomendables pero no obligatorias:
- Robo y Vandalismo (RCV)
- Incendio y Explosión
- Daños por fenómenos naturales
- Asistencia en carretera
- Robo de contenido
Aspectos relevantes:
- El tomador es el propietario del vehículo y debe contratar la póliza antes de circular.
- La franquicia aplicable a las coberturas DA y RCV puede reducir el coste de la prima.
- En caso de siniestro, el asegurado debe notificarlo a la aseguradora dentro de los plazos establecidos en la pólcura y, en caso de no hacerlo, puede perder derechos de indemnización.
Consulta siempre tu póliza concreta o un corredor de seguros para conocer las condiciones exactas.
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