Qué cubre un seguro de RC general
Un seguro de Responsabilidad Civil General cubre los daños causados al tercero (persona o bien ajeno al asegurado) por actos o situaciones imputables a la empresa o persona asegurada.
Coberturas principales
- Daños materiales a terceros: daños a bienes de terceros (edificios, maquinaria, vehículos, etc.)
- Daños corporales a terceros: lesiones físicas o fallecimiento causados a personas ajenas
- Gastos de defensa jurídica: honorarios de abogados y procuradores para defender la responsabilidad civil ante reclamaciones
- Gastos de peritación y asistencia técnica: costes derivados de la investigación del siniestro
Exclusiones habituales
- Daños causados intencionadamente por el asegurado
- Daños por negligencia grave o dolo
- Daños derivados de actos ilegales o delitos
- Daños a empleados o trabajadores de la asegurada (se cubren en el seguro de responsabilidad profesional o RC laboral)
Marco legal relevante
La Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro (LCS) regula los principios generales de la responsabilidad civil en seguros. El artículo 16 establece que el asegurado debe notificar el siniestro al asegurador dentro del plazo pactado en la póliza, que no puede ser inferior a los 7 días naturales.
Aspectos prácticos
- La franquicia es habitual en las pólizas de RC general y debe especificarse en la póliza
- La prima varía según el sector de actividad, el volumen de facturación y el historial de siniestros
- Ante una reclamación, el asegurado debe notificar el siniestro al asegurador conforme al artículo 16 LCS
Consulta siempre tu póliza concreta y, si es necesario, a un corredor de seguros para conocer las coberturas exactas y exclusiones aplicables.
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