Quiénes son las partes en un contrato de seguro según la LCS

Según la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, las partes del contrato de seguro son:

Negro Tomador: es la persona física o jurídica que contrata la póliza y que asume la obligación de pagar la prima. Puede ser distinto del asegurado si así se establece en la póliza.

Negro Asegurado: es la persona física o jurídica que, en caso de siniestro, tiene derecho a la indemnización o cobertura asegurada. Puede ser distinto del tomador.

Negro Siniestro: es el hecho o situación que da lugar a la obligación del asegurador de indemnizar o cubrir el daño.

Negro Asegurador: es la entidad que asume la obligación de indemnizar o cubrir el daño, y que debe estar autorizada por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP).

Negro Beneficiario: en seguros de vida o decesos, es la persona designada para recibir la indemnización en caso de fallecimiento del asegurado.

> El artículo 1 de la LCS establece que el contrato de seguro se forma entre el asegurador y el asegurado, aunque el tomador puede ser distinto.

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